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abril 03, 2011

Encuestas; medios nuevos y tradicionales

El internet, los blogs, las redes sociales y toda una gama de nuevas formas de comunicación gracias al desarrollo tecnológico, han traído consigo nuevos desafíos sobre las restricciones que pesan sobre los medios de comunicación tradicionales, como por ejemplo, la prohibición que existe en numerosos países a publicar resultados de encuestas y sondeos de preferencia sobre los procesos electorales.

Uno de estos desafíos se presenta en Perú, de caras a las elecciones presidenciales, donde desde mañana lunes es el último día en que se pueden publicar en los medios tradicionales este tipo de información. Pero la pregunta que me hizo una periodista de la sección de Política de El Comercio, diario de Lima, esconde el desafío de cómo considerar a Twitter o a Facebook, por ejemplo, en el caso de que publiquen encuestas. ¿Son las redes sociales medios de comunicación por lo que están limitadas por lo que establece la ley?

La pregunta vino a raíz de que el Jurado Nacional de Elecciones lanzara la advertencia a los cibernautas de que podrían recibir una multa de hasta 360 mil soles si difunden encuestas dentro del período de restricción que establece el artículo 191 de la Ley Electoral: “La publicación o difusión de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones por los medios de comunicación puede efectuarse hasta el domingo anterior al día de las elecciones”.
Mi respuesta a la periodistas fue la siguiente, previo aclaración de que las prohibiciones a la publicación con anticonstitucionales, ya que se prohíbe cualquier tipo de censura previa. Máxime, porque debe tenerse en cuenta el tiempo de la prohibición, ya que en algunos países suele ser de 15 días, en otros de siete y en otros de sólo un día. Me da la sensación de que la restricción a publicar el mismo día o los dos previos puede estar justificado de la misma forma que se evita que en esos días (en muchos países) se vendan bebidas alcohólicas.
Ahora bien. En cuanto a las redes sociales, blogs e información en portales de internet, éstos sí son medios de comunicación que deben ser alcanzados por las mismas restricciones. No hay diferencia. Así sea un blog o una red social que tenga una visita al día como dos millones. Son medios de difusión y de participación ciudadana. Mal sería que se prohíba a un periódico impreso publicar algo, y no hacerlo a alguien que lo haga por Twitter; porque en realidad lo que importa es la difusión del mensaje.
De todos modos, imagino que la autoridad tendrá que aplicar las restricciones a la fuente que pueda originar la información y difundirla, porque si bien un medio tradicional, con personería jurídica y residencia estable en el país, puede ser fácilmente pasible de la multa o la pena, uno se pregunta qué pasaría con alguien externo al Perú, que viva en el exterior o que utilice un anónimo en su blog, que divulgara los resultados de las encuestas a través de su blog, por Facebook o Twitter. ¿Cómo se aplicaría la ley?
Es obvio que las nuevas tecnologías y los nuevos medios han atraído grandes desafíos para nuestra sociedad que a veces es muy tradicional y se encuentra descompasada con la realidad.

Encuestas electorales y libertad de prensa

Comparto una editorial publicada hoy por el diario peruano El Comercio, que ya en la recta final de las elecciones presidenciales, critica la prohibición sobre la publicación de encuestas y sondeos de opinión en los días previos al acto electoral.

“La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), a través de su director de prensa Ricardo Trotti, ha alzado también su voz en contra de la regresiva ley peruana que permite publicar encuestas solo hasta una semana antes de los comicios. Para Trotti, como muchos otros hombres de prensa, investigadores y constitucionalistas, esto afecta el derecho fundamental de los ciudadanos a la información.
La SIP, ha dicho también Trotti, está contra toda medida que prohíba la divulgación de encuestas, pues tal silencio atenta contra las propias constituciones de los países que establecen que no debe haber ninguna medida de censura previa sobre cualquier tipo de publicación, sea esta tradicional o cibernética vinculada con las redes sociales de Internet.
La atingencia es importante y necesaria, pues en los últimos días funcionarios de los organismos electorales peruanos, pese a lo absurdo e inaplicable de la norma, han amenazado con sancionar inclusive a quienes difundan encuestas en Twitter y otras redes sociales, que a final de cuentas son comunicaciones personales.
En este complejo escenario, la SIP, con toda razón, considera que las leyes que restringen encuestas son abusivas, ya que cercenan un derecho ciudadano básico, el de informarse por todos los medios posibles, y traza una barrera discriminatoria entre los periodistas que sí tienen acceso a datos de última hora y quienes acceden a medios tecnológicos modernos, televisión por cable o satelital; y de otro lado, quienes, por sus limitadas condiciones económicas no pueden enterarse de lo que está en curso a través del mundo virtual, en el que también circulan encuestas.
Ya se ha probado en anteriores elecciones que el apagón de encuestas o silencio electoral es aprovechado ladinamente por algunos grupos para sembrar rumores y crear incertidumbre, de acuerdo con sus agendas politiqueras. Todo esto gracias a una ley tan nefasta como la comentada, que de paso atropella derechos constitucionales.
Por estas y otras consideraciones, el obligado silencio informativo que se impone a partir de hoy sobre las encuestas es contrario al espíritu y los principios del Estado moderno de derecho y de la democracia, que se basan precisamente en el uso irrestricto y responsable de la libertad en una sociedad abierta, plural, tolerante y participativa, donde todos tienen los mismos deberes pero también los mismos derechos, independientemente de su religión, raza, clase o condición social.
Nuestra Constitución de 1993 dice en el Art. 2, inciso 4, que toda persona tiene derecho “a las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento […] sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley”, lo que viene siendo atropellado por una ley írrita y oscurantista.
En lugar de defender a rajatabla una norma tan absurda y cada vez más insostenible, los funcionarios del Jurado Nacional de Elecciones, JNE, tienen que promover su derogación.
La tendencia en el mundo civilizado y democrático es reforzar la libertad y la responsabilidad personal, para lo cual la información y la opinión tienen que fluir de modo irrestricto y dinámico.
Lo que aquí se impone resulta propio de regímenes autoritarios y dictatoriales que convierten la censura en instrumento principal para someter a los ciudadanos, abusar de las libertades democráticas y acallar el pluralismo y las voces discrepantes. La ley del silencio electoral, definitivamente, no es democratic”.

Tensión entre la verdad y la libertad

Desde mis inicios en el periodismo hasta mi actual exploración en la ficción, la relación entre verdad y libertad siempre me ha fascinado. S...